
La Municipalidad de Goya recuerda que se encuentra vigente la Ordenanza Nº 018, normativa que regula AUTORIZACIONES para la rotura de pavimento en la ciudad. La mencionada Ordenanza Municipal instrumenta condiciones de aperturas para conexiones de agua y cloaca con el objetivo de preservar el estado del pavimento, garantizando una mayor vida útil, estableciéndolas características y requisitos técnicos a contemplarse en la realización de las obras y su señalización de acuerdo a las indicaciones correspondientes.
Desde el Ejecutivo Municipal se reitera el cumplimiento de esta normativa a Profesionales y/o Empresas Matriculadas, quienes tienen la obligación de presentar las acreditaciones correspondientes y el canon del derecho a Conexión, acompañadas de la solicitud firmada por el propietario, profesional o empresa que intervienen. Ante incumplimientos de lo establecido existen responsabilidades y sanciones para quienes intervengan en este tipo de trabajos, siendo responsable por la correcta terminación y la durabilidad de la obra.
La normativa establece un régimen de sanciones para los incumplimientos, multas e inhabilitaciones en casos reiterados.
Los responsables deben informar a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos la fecha de apertura y cierre del bache con una anticipación mínima de 48 horas. Los trabajos deberán ejecutarse en un plazo máximo de diez días hábiles desde su inicio, salvo situaciones excepcionales debidamente justificadas ante la autoridad municipal.
